Cuánto cuesta escriturar y cuánto pagás al vender una casa en Provincia
Poné el precio y tu situación y mirá cada gasto con su fuente oficial: Sellos, escribano, Registro e impuestos al vender.
Por Santiago Silvestre · Datos verificados al
Preguntas frecuentes
Datos verificados al . Información general: no reemplaza el asesoramiento de un escribano o contador para tu caso.
¿Cuánto cuesta escriturar una casa en Provincia de Buenos Aires en 2026?
En una casa de USD 300.000, el comprador paga entre USD 9.600 y 12.060, según el escribano, más certificados. El vendedor paga unos USD 3.000 de Sellos (habitualmente 1% cada parte, salvo pacto).
Fuente: Colegio de Escribanos PBA, tabla de Sellos vigente al 01/01/2026 (Ley Impositiva PBA 15.558); Ley 6925 PBA (arancel notarial), art. 2, consultada el 17/10/2026; Tabla de tasas registrales PBA, 07/01/2026
¿Quién paga los gastos de escritura?
Por costumbre, salvo que las partes pacten otra cosa: el comprador paga el honorario del escribano (2% según la Ley 6925 PBA, art. 2) y la inscripción en el Registro (2‰ según la tabla de tasas registrales PBA); el impuesto de Sellos (2%, tabla de Sellos PBA): habitualmente 1% cada parte, salvo pacto; el vendedor paga los certificados.
Fuente: Colegio de Escribanos PBA, tabla de Sellos vigente al 01/01/2026 (Ley Impositiva PBA 15.558); Ley 6925 PBA (arancel notarial), art. 2, consultada el 17/10/2026; Tabla de tasas registrales PBA, 07/01/2026
¿Cuánto cobra el escribano?
El honorario es el 2% del monto del acto según la Ley 6925 PBA, art. 2 (arancel notarial): en una casa de USD 300.000 son USD 6.000. Pedile el presupuesto final al escribano.
Fuente: Ley 6925 PBA (arancel notarial), art. 2, consultada el 17/10/2026
¿Cuánto es el impuesto de Sellos al escriturar en Provincia?
El 2% sobre el mayor entre el precio y la valuación fiscal ajustada, salvo exención. Habitualmente 1% cada parte, salvo pacto. El Código Fiscal PBA no lo reparte por mitades: comprador y vendedor son contribuyentes (art. 291), responden solidariamente por el total del impuesto y cada uno puede reclamar a los demás la cuota parte que le corresponda según su participación en el acto (art. 292).
Fuente: Colegio de Escribanos PBA, tabla de Sellos vigente al 01/01/2026 (Ley Impositiva PBA 15.558); Código Fiscal PBA (Ley 10.397, t.o. 2011), arts. 291 y 292, consultado el 19/10/2026
¿Se paga Sellos si es mi vivienda única?
Exento si es tu única vivienda y la valuación fiscal básica es de hasta $1.154.400 ($577.200 si es lote baldío); la exención alcanza a toda la escritura (Código Fiscal PBA, art. 297 inc. 29; Ley 15.558, art. 43). Si la supera, se paga el 2% sobre toda la base.
Fuente: Colegio de Escribanos PBA, tabla de Sellos vigente al 01/01/2026 (Ley Impositiva PBA 15.558); Código Fiscal PBA (Ley 10.397, t.o. 2011), art. 297 inc. 29, consultado el 19/10/2026; Ley Impositiva PBA 15.558, art. 43 (Boletín Oficial 15/12/2025), texto de ARBA
¿Cuánto cuesta escriturar un terreno?
Se pagan los mismos conceptos con las mismas alícuotas (Sellos 2%, honorario 2% y Registro 2‰). Lo que cambia es el tope de la exención de Sellos por vivienda única: para un lote baldío es $577.200 de valuación fiscal básica.
Fuente: Colegio de Escribanos PBA, tabla de Sellos vigente al 01/01/2026 (Ley Impositiva PBA 15.558); Ley 6925 PBA (arancel notarial), art. 2, consultada el 17/10/2026; Tabla de tasas registrales PBA, 07/01/2026
¿Cuánto salen los certificados?
Certificados registrales y catastrales: no hay una tabla oficial con el total. Cada escribanía los cobra y los informa en su presupuesto. Por costumbre los paga el vendedor.